Cursos para Personas desempleadas

http://www.educacion.es/educa/incual/ice_incual.html

El Instituto Nacional de las Cualificaciones (en adelante, INCUAL) fue creado por el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo. Es el instrumento técnico, dotado de capacidad e independencia de criterios, que apoya al Consejo General de Formación Profesional para alcanzar los objetivos del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

La Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, atribuye al INCUAL la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional.

El órgano rector del Instituto es el Consejo General de Formación Profesional, aunque depende orgánicamente de la Secretaría General de Educación (Ministerio de Educación y Ciencia), según lo fijado en el Real Decreto 1553/2004, de 20 de junio.

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Voluntariado

Una lista de links de voluntariado:

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Reciclaje

Aqui una lista de links sobre reciclaje:

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Autoempleo

Aqui va una lista de links relacionados con Autoempleo:

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Trueque

Aqui una lista de sitios de trueque, cambio, bancos de tiempo, sindinero, y relacionados:

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Asociaciones varias de Parados

Aqui va una lista de links de asociaciones varias dedesempleados:

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Presentación de Parados en Movimiento

Hola, y Bienvenid@s

Parados en Movimiento pretende ser un lugar de encuentro para los miles.. millones, de parados, o mejor dicho desempleados, para debatir, exponer ideas, comentarios, o lo que sea menester, con objeto de movilizarse, unirse, buscar alternativas, o sencillamente compartir.. asi que, por favor, no seáis tímid@s ni tengais reparo en hacerlo.

Viene siendo una necesidad acuciante que el colectivo de parados o desempleados se organice, y se ofrezcan soluciones para salir de la situación o alternativas a estar empleado, o desempleado.

Ninguna sociedad medianamente caval y productiva permitiría de buena gana que millones de personas en edad de trabajar quedaran sin ocupación. Analizar esta situación es tarea ardua y no es lo que me propongo hacer, más que someramente. Lo que me propongo, más bien, es ofrecer alternativas a la situación: voluntariados, asociaciones, ofertas de empleo, cursos gratuitos, escritos motivacionales o de otro tipo, en general recursos que puedan ser útiles (principalmente encontrados por internet); e idealmente, constituir un lugar de encuentro para los millones de parados, con vistas a en un futuro cercano, formar una asociación que defienda los derechos e intereses de los desempleados localmente, como ya hay en algunas determinadas localidades. Por tanto, he de reconocer, que para ese último objetivo ‘ideal’, es necesaria tu colaboración. Aunque presiento que será difícil en un medio tan despersonalizado como el internet, no perdamos aún la esperanza. Tras haber realizado búsquedas en internet de esos contenidos, he encontrado principalmente escritos teóricos, videos de manifestaciones o de acciones conjuntas de desempleados, asociaciones locales contra el paro, etc, y como poco eso es lo que recopilaré aquí.

En un mundo que se mueve por el interés, el beneficio ecónomico, o sencillamente, el dinero, es complicado ‘sobrevivir’ para quien no tiene un caudal activo y permanente de ‘entrantes económicos’, pero ese paradigma podría cambiar, y sin entrar en utopías más o menos lejanas, los parados deberíamos ser los primeros interesados en ello. Aqui expondré los recursos de los que tengo conocimiento tendentes a esa nueva situación.

Al entrar o colaborar con esta página, no se presupone ninguna afilición política en concreto, simplemente lo que se busca es una mejora en la calidad de vida. De todos modos, estando en esta situación, no estaría de más replantearse los ideales capitalistas, que va dejando sus deshechos por donde quiera que pase, engordando unos y enflacando otros. Habrá momento para debatir estos asuntos.

Me he resistido, infructuosamente, a citar, si acaso pasó desapercibido, que el título de la página conlleva algo de filosofía, ya que el motor inmóvil, el hacer sin hacer, wu wei, …, es tenido en alta consideración por muchas escuelas de pensamiento.. que quede como pequeña anécdota curiosa.

Para terminar esta presentación, expongo unos cuantos artículos seleccionados (la lectura  completa de ambos documentos es muy recomendable) de la Constitución de 1978 vigente en España actualmente, y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Constitución Española

Artículo 28.

1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Artículo 35.

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

Artículo 40.

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.

Artículo 41.

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

Artículo 45.

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

Artículo 47.

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Artículo 48.

Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Artículo 51.

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la Ley establezca.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.html#

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.

Nadie estará sometido a esclavitud ni servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 22.

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y de los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 25.

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial las alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancian independientes de su voluntad.

Artículo 28.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/dudh.html

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